Este sábado, tuvo lugar la Convención Provincial de la Unión Cívica Radical en Cañuelas. A continuación, el Documento:
Artículo 1º- Aprobar la conformación de un frente electoral político social alternativo con vistas a los comicios convocados para el día 28 de junio de 2009 para cubrir cargos electivos en los órdenes nacional, provincial y municipal.
Artículo 2º- Encomendar a la Mesa Ejecutiva del Comité de la Provincia de Buenos Aires (art. 70 de la Carta Orgánica Provincial integrada por siete miembros) a realizar las gestiones a los efectos de conformar este frente electoral con los partidos políticos que integran la Coalición Cívica, el Socialismo, el ConFe, el Partido Abierto para el Desarrollo y Movilidad Social de la Provincia de Buenos Aires y otras fuerzas políticas y sociales afines, sean estas partidos provinciales, confederaciones o partidos vecinales, respetando las particularidades y decisiones de cada distrito.
Artículo 3º- La Mesa Ejecutiva del Comité de la Provincia conjuntamente con los dos primeros candidatos de cada sección electoral llevarán a cabo la concreción de los acuerdos seccionales.
Artículo 4º- Facúltase a la Mesa de esta Honorable Convención a redactar las bases programáticas sobre las cuales se harán los acuerdos electorales propuestos.
Artículo 5º- En las negociaciones a las que se alude en los anteriores artículos se buscará obtener en equilibrio en la distribución de los cargos entre los partidos que conforman el frente electoral, procurando que uno de los dos primeros cargos de cada sección corresponda a la Unión Cívica Radical. En los distritos y/o secciones en que el acuerdo no se pudiera concretar, se deberá garantizar que la lista partidaria y/o frente al que el partido suscriba, irá anexada a la lista de Diputados Nacionales acordada.
Artículo 6º- Los apoderados que actúen en nombre del Frente Electoral, deberán hacerlo en igual número entre la Coalición Cívica y la Unión Cívica Radical.
Artículo 7º- Dé forma.
Artículo 1º- Aprobar la conformación de un frente electoral político social alternativo con vistas a los comicios convocados para el día 28 de junio de 2009 para cubrir cargos electivos en los órdenes nacional, provincial y municipal.
Artículo 2º- Encomendar a la Mesa Ejecutiva del Comité de la Provincia de Buenos Aires (art. 70 de la Carta Orgánica Provincial integrada por siete miembros) a realizar las gestiones a los efectos de conformar este frente electoral con los partidos políticos que integran la Coalición Cívica, el Socialismo, el ConFe, el Partido Abierto para el Desarrollo y Movilidad Social de la Provincia de Buenos Aires y otras fuerzas políticas y sociales afines, sean estas partidos provinciales, confederaciones o partidos vecinales, respetando las particularidades y decisiones de cada distrito.
Artículo 3º- La Mesa Ejecutiva del Comité de la Provincia conjuntamente con los dos primeros candidatos de cada sección electoral llevarán a cabo la concreción de los acuerdos seccionales.
Artículo 4º- Facúltase a la Mesa de esta Honorable Convención a redactar las bases programáticas sobre las cuales se harán los acuerdos electorales propuestos.
Artículo 5º- En las negociaciones a las que se alude en los anteriores artículos se buscará obtener en equilibrio en la distribución de los cargos entre los partidos que conforman el frente electoral, procurando que uno de los dos primeros cargos de cada sección corresponda a la Unión Cívica Radical. En los distritos y/o secciones en que el acuerdo no se pudiera concretar, se deberá garantizar que la lista partidaria y/o frente al que el partido suscriba, irá anexada a la lista de Diputados Nacionales acordada.
Artículo 6º- Los apoderados que actúen en nombre del Frente Electoral, deberán hacerlo en igual número entre la Coalición Cívica y la Unión Cívica Radical.
Artículo 7º- Dé forma.